LA ÉTICA SOBRE LA INSEMINACIÓN ARTIFICIAL

Resultado de imagen para etica sobre la inseminacion artificial

Muchos son los problemas éticos que se plantean en relación con las técnicas de fecundación asistida. El primero es que la inseminación, por lo que tiene de manipulación y de artificioso, convierte la procreación (acto personal) en un acto tecnificado, privado de toda relación interpersonal: el hijo es fruto de un acto de amor de los padres y el único lugar digno para engendrarlo es el acto conyugal. “El hijo es el fruto de la unión conyugal, cuando se expresa plenamente, con el concurso de las funciones orgánicas, de las emociones sensibles que lo acompañan, del amor espiritual y desinteresado que lo anima”.(1). Juan Pablo II señala igualmente que el origen del hombre es el resultado de una procreación ligada a la unión no solamente biológica, sino también espiritual de los padres unidos por el vínculo del matrimonio”.(2)    Pero no es esto lo que sucede con la inseminación artificial, en la que se ha separado la actividad biológica de la relación personal de los cónyuges. Por ello, el Magisterio de la Iglesia las considera moralmente ilícitas.
Resultado de imagen para etica sobre la inseminacion artificial



REGULACIÓN ÉTICA Y LEGAL


 Inseminación y fecundación homóloga La mujer es embarazada por inseminación artificial o fecundación in vitro con consentimiento del marido y material genético de ambos. Si ambos consienten el fruto es matrimonial y la filiación se determina por el artículo 199 del Código Civil que expresa que el marido es el padre del hijo concebido en matrimonio, y que la maternidad se determina por el parto. El parto sigue al vientre ( partus sequitun ventrem). Este supuesto es aceptable en nuestro sistema y presenta pocos problemas. Si al marido se le ocurre impugnar la paternidad porque no tuvo acceso carnal durante el periodo de la concepción, bastará probar la realización de la fecundación asistida o realizar la prueba biológica que establezca el vínculo con el padre impugnador (ADN).

Resultado de imagen para etica sobre la inseminacion artificial

Los derechos del embrión (persona humana)
Como cuestión central para toda técnica asistente de la procreación está el significado del embrión humano: ¿es persona u objeto susceptible de ser manipulado y tal vez destruido? Puesto que el embrión desde su concepción es persona, le asisten una serie de derechos que están fundados en la ley natural.  Podemos enumerar los siguientes:
  • derecho a la vida desde la fecundación, derecho a nacer, derecho a gozar de salud física y psíquica, derecho a gozar de integridad física y psíquica,
  • derecho al mantenimiento y preservación de los vínculos paterno-filiales y fraternales,
  • derecho de ser concebido, gestado, alumbrado y criado dentro de una familia basada en la unión amorosa de varón y mujer o vía adopción,
  • derecho a disfrutar del primer medio ambiente humano natural cual es el seno materno,
  • derecho a ser tratado en condiciones de igualdad, derecho a la intimidad,
  • derecho de recibir información adecuada a su nivel de comprensión sobre las modalidades, necesidad, resultados y tiempo de curación,
  • derecho de expresar un consentimiento debidamente informado,
  • derecho de gozar de una identidad genética, biológica, social y jurídica indiscutible.
Resultado de imagen para etica sobre la inseminacion artificial
Problemas éticos
Desnaturaliza la Sexualidad humana y el acto conyugal, La transmisión de la vida se lleva a cabo separada e independientemente de la unión sexual. Separa los aspectos unitivo (expresión de amor) y procreador del acto sexual.  
Desnaturaliza la dignidad de la persona humana, tanto de los esposos, porque en el fondo son considerados como meros productores del material que un tercero convertirá en un ser humano, como del engendrado. La procreación se convierte en un acto tecnificado, privado de toda relación interpersonal. El hijo debe ser fruto de la donación de amor entre los padres, y el único lugar digno para engendrarlo es el acto conyugal. Estas técnicas no respetan el derecho de los hijos a ser concebidos y traídos al mundo en el matrimonio y por el matrimonio (más gravedad en el caso de las heterólogas).
No existe un derecho a tener un hijo, y menos a conseguirlo a cualquier precio o a elegir el sexo que tenga. Como persona, el hijo nunca debe ser utilizado como medio para algo. No es un objeto que se persigue y se produce.
Con estos procedimientos técnicos de procreación, al hijo se le considera como «objeto de propiedad», admitiéndose la posibilidad de seleccionarlo, rechazarlo y destruirlo si padece alguna malformación o tara, etc. Se viola, así, el respeto al otro en su irreducible alteridad.
En la heteróloga la negatividad aumenta, pues supone una fragmentación de la paternidad y de la maternidad. Con las técnicas heterólogas la maternidad puede asumir una diversidad de definiciones:
  • genética (la mujer que aporta el óvulo),
  • uterina (la que lleva adelante el embarazo) y
  • social (la que cría y educa al hijo).
Las combinaciones se multiplican y la madre puede ser uterina y social, sin ser genética. En otro caso, puede ser genética y social, pero no uterina. Se pueden dar múltiples combinaciones, que conllevan a un manifiesto empobrecimiento de la maternidad. También indica una paternidad anónima, con los diversos problemas jurídicos, psicológicos y sociales que esto supone.
Resultado de imagen para etica sobre la inseminacion artificial
BIBLIOGRÁFICA.

https://www.google.com.co/search?q=etica+sobre+la+inseminacion+artificial&espv=2&biw=1024&bih=494&source=lnms&tbm=isch&sa=X&ved=0ahUKEwiKp6mlhYHQAhWE2yYKHe4KAtgQ_AUIBigB&dpr=1#imgdii=ueO2-ukMm0Z8UM%3A%3BueO2-ukMm0Z8UM%3A%3BNgaOqd8v9v-QfM%3A&imgrc=ueO2-ukMm0Z8UM%3A

https://autoforma.org/2007/12/05/valoracion-etica-de-la-fecundacion-asistida/

http://argentinosalerta.org/node/2081

Comentarios

Entradas populares de este blog

Conflictos verbales